ADMINISTRACION MUNICIPAL
La administración municipal estará a cargo del Administrador (a) Municipal, el cual dependerá directamente del Alcalde, cumpliendo con las funciones que determine la ley 18.695 “ Ley orgánica constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones posteriores.
Funciones Generales
- Colaborar con el Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente de todas las unidades municipales, de acuerdo a las instrucciones que aquel le imparta.
- Colaborar con el Alcalde en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción Municipal.
- Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde, en conformidad con la ley, y las demás funciones que se le encomienden, sin perjuicio que la delegación debe limitarse a las funciones vinculadas al cargo de Administrador Municipal.
- Para el cumplimiento de sus funciones, el Administrador Municipal podrá tener el apoyo administrativo, técnico y profesional que le asigne el alcalde.
Dependencias
De la Administración Municipal dependen los siguientes departamentos, áreas y/o unidades:
- SECPLAN
- Dirección de Desarrollo Comunitario
- Dirección de Obra Municipal
- Dirección de Administración y Finanzas
- Unidad de Asesoría Jurídica
- Secretaria Municipal
- Unidad de Informática
Oficina - Programa OMIL
- Unidad encargada de mantención eléctrica
- Transparencia Activa
- OPD.